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Boletín 182/2010 Acepta la Secretaría de Salud capitalina Recomendación 3/2010

Acepta la Secretaría de Salud capitalina Recomendación 3/2010
Boletín 182/2010

6 de julio de 2010


La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) resalta que con la aceptación de la Recomendación 3/2010 por parte de la Secretaría de Salud del Distrito Federal (SSDF), esa instancia fortalece su compromiso de respetar y garantizar los derechos humanos del personal que brinda a la sociedad un servicio en beneficio de las personas que habitan y transitan por la ciudad de México.

 

La Recomendación 3/2010 fue emitida el 11 de junio pasado por el caso de falta de implementación al interior de la SSDF de mecanismos específicos para la prevención, atención, investigación y, en su caso, sanción del hostigamiento o acoso sexual laboral en agravio de las mujeres trabajadoras en esa institución.

 

El Secretario de Salud capitalino, Armando Ahued, informó a esta Comisión de Derechos Humanos de la aceptación total del mencionado instrumento Recomendatorio.

 

De la investigación que realizó la CDHDF se constató que en la Secretaría de Salud capitalina faltó apoyo institucional a la peticionaria con el fin de atender su problemática, ante el presunto hostigamiento sexual y laboral del que manifestó ser víctima; además, no garantizaron su derecho a acceder a un ambiente libre de violencia, lo cual generó convicción a este Organismo de la violación a los derechos humanos de la afectada.

 

La CDHDF no se pronunció sobre la inocencia o culpabilidad del servidor público a quien se imputó el hostigamiento sexual y laboral, debido a que sólo está facultada para conocer de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos, no a investigar delitos.

 

Sin embargo, sí se evidenció la necesidad de crear un Programa de Prevención y Atención de la Violencia Laboral y Hostigamiento Sexual a las Mujeres Trabajadoras de la Secretaría de Salud, en el cual han venido trabajando, por lo que se requiere de presupuesto para su debido diseño, implementación, evaluación y seguimiento.

 

RECOMENDACIÓN

 

Primera. Se giren instrucciones a los superiores jerárquicos de la doctora Nayeli Martínez Vázquez para que no sea víctima de alguna represalia con motivo de la emisión de esta Recomendación.

 

Segunda. En el siguiente trimestre se concluya el diseño y revisión del «Programa de Prevención y Atención de la Violencia Laboral y Hostigamiento Sexual a las Mujeres Trabajadoras de la Secretaría de Salud del Distrito Federal» o equivalente, que configure un mecanismo de prevención, atención, canalización y acompañamiento, y que vincule acciones de apoyo a la investigación y sanción institucional.

 

Para la determinación de dicho Programa deberá contarse con la opinión de tres especialistas en la temática de los derechos de las mujeres, especialmente en el derecho a una vida libre de violencia.

 

Además, éste deberá ser un programa institucional, integral, permanente, y transversal a las diferentes áreas de esa Secretaría, y de aplicación obligatoria para todas las personas que ahí laboren, incluyendo mandos superiores.

 

Tercera. En tanto se concluya el diseño del citado programa, se giren instrucciones para que cuando el personal directivo reciba una denuncia por hechos de hostigamiento u acoso laboral o sexual, a reserva de seguir el mecanismo para dar adecuada atención a ese tipo de casos, por escrito, con un ánimo preventivo y sin prejuzgar sobre la veracidad de los hechos se conmine al servidor público presunto agresor a conducirse por sí y a través de otros con respeto a las personas que lo acusan y se pida expresamente se eviten represalias en agravio de las personas que realizaron la acusación.

 

Cuarta. A partir de la conclusión del diseño, se presente el cronograma de actividades del citado programa para 2010/2011 y se proporcionen informes trimestrales sobre su cumplimiento hasta la primera etapa de evaluación.

 

Quinta. Con la orientación y asesoría de INMUJERES-DF se diseñen mecanismos efectivos de evaluación del programa referido.

 

Sexta. Una vez validado ese programa, se determine e implemente una campaña de difusión en los diferentes hospitales y áreas de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, que inicie en el Hospital General de Iztapalapa y que incluya al personal en sus diferentes niveles, a fin de que sea del conocimiento de las personas destinatarias de ese programa y de las obligadas en su cumplimiento.

 

Séptima. Se imparta capacitación específica y especializada sobre prevención, atención y erradicación de la violencia laboral y sexual al interior de esa Secretaría en los diferentes hospitales y áreas de esa Secretaría, comenzando por el Hospital General de Iztapalapa e incluyendo a los servidores públicos involucrados en este documento y que no dieron una respuesta institucional e integral a la temática.

 

Octava. Se gestionen los recursos necesarios, presupuestales, de recursos humanos, materiales y de cualquier índole, para el debido diseño, implementación, evaluación y seguimiento del Programa al que nos hemos referido

 

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