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Boletín 131/2010 Las poblaciones callejeras son sujeto de derecho: CDHDF

Las poblaciones callejeras son sujeto de derecho: CDHDF
Boletín 131/2010

21 de mayo de 2010

 

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) hace énfasis en que uno de los retos de mayor relevancia para el cumplimiento del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, es lograr que la población callejera sea considerada sujeto de derecho y no se le observe como objeto de tutela.

 

En el marco de la preinstalación de la mesa sobre los derechos de las poblaciones callejeras, este Organismo Defensor destacó que se debe buscar la inserción de estas personas en el tejido social, en una situación digna.

 

En la preinstalación de la mesa sobre los derechos de las poblaciones callejeras intervinieron diversas instancias del Gobierno del Distrito Federal (GDF), la CDHDF, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que participaron en la elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.


La instalación de la mesa tiene como antecedentes los resultados obtenidos en el Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal , instrumento asumido por todas las instancias que participaron, el cual describe la situación de la población callejera en el Distrito Federal.

 

El Diagnóstico señala que esta población ascendía -de acuerdo a los datos existentes entre 1995 y 2005- a 13, 373 niños de la calle y más de 6 mil personas en indigencia. Como resultado de ello, el Programa de Derechos Humanos estableció diversas estrategias y líneas de acción para atender dicha problemática social.

 

La CDHDF se congratula con la disposición de todos los actores gubernamentales, políticos y sociales responsables de la implementación y cumplimiento del Programa en su compromiso por continuar con la tarea de la construcción de una sociedad más justa y equitativa.

 

Asimismo, estima necesario continuar con el trabajo coordinado entre las instancias de Estado, para rebasar las condiciones sociales y económicas que son las que obligan a la población callejera a optar por la calle como oportunidad de sobrevivencia.

 

Compartimos el reto obligado de lograr el desarrollo integral de estas poblaciones, en un marco de respeto de derechos humanos, garantizando la diversidad que caracteriza la libre elección de vida, sin discriminación ni estigma.