viernes , 26 julio 2024

Entrevista al Doctor Luis González Placencia, durante el Segundo Seminario Internacional de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Transcripción 16/2010
 17 de marzo de 2010

Pregunta (P): ¿Cuál es su opinión en torno a las controversias constitucionales que ayer interpusieron todos los estados donde gobierna el PAN (por los matrimonios entre personas del mismo sexo en el Distrito Federal), ayer se vinieron en cascada?

Luis González Placencia (LGP): Tenemos confianza en que los argumentos jurídicos que sostienen la reforma en el Distrito Federal son sólidos y creemos que la Corte se pronunciará a favor de ellos. Por otra parte, los estados están en su derecho de presentar estas controversias, tendrán que demostrar también porqué afecta esta legislación a sus estados. La diferencia entre una controversia y una acción de inconstitucionalidad, que es lo que se presentó por parte de la Procuraduría General de la República (PGR), es que la controversia implica una afectación de parte de alguna ley, de alguna reforma dentro de la soberanía de los estados. Aquí habría que demostrar por qué eso es así. No conozco el texto de las controversias, estoy seguro de que los argumentos que sostienen la reforma son válidos y seguramente que la Corte fallará a favor de la misma.

P: ¿Podríamos hablar de que son argumentos políticos nada más los que estarían esgrimiendo igual que la PGR?

LGP: Sí. Creo que en el fondo hay una posición ideológica, una posición política contra el avance de los derechos de este sector. Ahora el tema es que se convierte en un debate jurídico y ahí es donde pensamos nosotros que no tiene posibilidades de avanzar.

P: Una Corte de Justicia de la Nación no tendría porque valorar de alguna u otra manera estos argumentos si no están jurídicamente fundados.

LGP: Así es, a la Corte le toca hacer una valoración jurídica tal cual entre enclave constitucional, enclave de derechos fundamentales y en ese sentido me parece que no hay mayor discusión. En ninguna parte del mundo ha prosperado ninguna reforma contra los matrimonios de personas del mismo sexo. No tiene porque México ser la excepción.

P: ¿Ya tiene listo la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal el documento con el que van a argumentar ante la Corte?

LGP: Estamos trabajando en él. Estamos esperando para saber si la Corte abrirá el espacio para presentar un amicuse y si no buscaremos la manera de hacérselo llegar a los Ministros.

P: Inaudible

LGP: Primero, confirmo que la posición de la Comisión es que los argumentos jurídicos que sostienen la reforma son sólidos, en ese sentido la Corte fallará a favor. Por otra parte, las controversias constitucionales presentadas por los estados, tendrán que demostrar por qué está reforma afecta a sus estados, por qué afecta a sus gobiernos, y ahí encontramos todavía más difícil que puedan sostenerse esos argumentos. Creemos que independientemente de que los estados están llevando adelante una oposición ideológica o una convicción política en contra de estos matrimonios, ahora el debate se torna plenamente jurídico y la Corte tendrá que dirimir esta controversia. Seguramente lo hará en atención al respeto de los derechos fundamentales del sector de la Comunidad LGBTTTI, y seguramente ese fallo será favorable a la reforma.

P: ¿Sobre este evento que nos puede decir?

LGP: El evento es de la mayor importancia porque es la segunda ocasión en la que se discute el papel que tiene la jurisprudencia internacional… de la jurisprudencia interna del Estado mexicano. Creo que entre los temas que vamos a debatir acá está la necesidad de voltear la cara hacia los argumentos internacionales. Hoy tenemos dos sentencias que son paradigmáticas; el caso del campo algodonero y el caso de Rosendo Radilla, en los que se aprecia con toda claridad la fuerza que puede tener la decisión de un tribunal internacional, en este caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la necesidad de que el Estado mexicano se ajuste a lo que la sentencia ha solicitado. De ahí sigue la necesidad de que nuestros Jueces, nuestros Magistrados y nuestros Ministros sean sensibles a la jurisprudencia de los órganos internacionales para introducir un criterio de derecho humanos en la legislación nacional.