Pronunciamiento del Consejo de la CDHDF el Valor del Estado Laico en el México Actual
Comunicado 1/2010
11 de febrero de 2010
La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y su Consejo destacan el valor de la libertad para expresar lo que cada quien tiene que decir al respecto, pero se pronuncia, definitivamente, para que ello ocurra dentro del marco de laicidad que debe caracterizar al Estado mexicano, en tanto que Estado constitucional de derechos.
El debate en torno a ambos temas ha evidenciado, inequívocamente, la multiplicidad de concepciones que en la sociedad mexicana hay sobre las familias, la persona, los estilos de vida, la moral, la cultura y el derecho. Justo por ello, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y su Consejo, hacen un llamado para reconocer que la única posibilidad de armonizar estas múltiples visiones es la de garantizar la vocación que, basada en la universalidad de los derechos humanos y en la igualdad de las personas frente a ellos, debe caracterizar a un Estado laico.
Un Estado laico es un estado que centra su concepción democrática en los derechos humanos y que por tanto, se opone a toda pretensión de hacer del derecho vehículo para promover una sola moral, un solo estilo de vida, una única concepción de la persona, una única cultura. Por su carácter incluyente, el componente laico del estado de derecho garantiza que todas las personas adscriban sus comportamientos al estilo de vida y a los códigos morales y culturales que sea su convicción seguir, con el único requisito de hacerlo en los márgenes del respeto a los derechos fundamentales. Garantiza también, que en lo personal y colectivo, cada quien exprese su sentir frente a los temas públicos, con el solo límite que señala evitar alimentar discursos o prácticas de odio o discriminación.
El Estado laico es la expresión jurídico política de un largo proceso histórico destinado a alcanzar relaciones armónicas en sociedades complejas y heterogéneas. El núcleo de estos esfuerzos descansa en la conciencia de que los individuos son diferentes y de que, precisamente por ello, en tanto que personas titulares de derechos fundamentales, deben ser tratados como iguales.
Esta Comisión ha estudiado la decisión por la cual las soberanías locales realizaron reformas a sus constituciones en el sentido aludido, y también la que tomó la Procuraduría General de la República para iniciar una acción de inconstitucionalidad contra las reformas al código civil del Distrito Federal, y hace un llamado a los poderes del Estado a reflexionar sobre el deber que tiene frente a las y los habitantes y transeúntes del país, de evitar el integrismo y los fundamentalismos y de recuperar la vocación laica que es la condición de posibilidad para la vigencia de los derechos de todos y de todas, bajo el principio de igualdad y derecho a la no discriminación reconocido en el Artículo 1° de la Constitución; con independencia absoluta de la moral, la cultura o el estilo de vida que cada quien profese o ejerza; en suma, a fomentar la capacidad de convivencia armónica entre individuos diversos lo que, en un contexto de elevada violencia como en el que hoy vivimos, es también condición para la paz.