Boletín 335/2009
27 de diciembre de 2009
El retroceso más preocupante de la Reforma Penal Constitucional de 2008 es la consolidación de un subsistema de excepción para las personas acusadas de delitos relacionados con la delincuencia organizada, tendencia impulsada desde la década de los 90s.
Durante la Jornada de Debate El nuevo sistema de Justicia Penal desde la perspectiva de la sociedad civil, organizada por la Comisión de Derechos Humanos (CDHDF), Insyde Ideas y el Programa de Apoyo en Seguridad y Justicia de USAID México, se afirmó que concebir que el Estado tiene entre la ciudadanía enemigos legitima prácticas contrarias al respeto de los derechos humanos.
El Coordinador del Área de Defensa del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C., Santiago Aguirre Espinosa, aseguró que la existencia de un subsistema de justicia para algunos casos supone concebir la legislación penal como un arma de lucha a costa de reducción de garantías procesales.
Explicó que esta tendencia reedita un escenario similar al que prevaleció a finales de los 60s y 70s cuando en el combate contra los llamados ‘enemigos del Estado’ -que militaban en organizaciones armadas de oposición- eran tolerables las graves violaciones a derechos humanos: tortura, ejecución y desaparición forzada.
Durante la Mesa “Las nuevas características del debido proceso en la Constitución”, moderada por el Consejero de la CDHDF, Carlos Ríos Espinosa, afirmó que en este contexto distinguir en la Constitución entre dos sistemas de justicia, uno para la delincuencia organizada y otro para la delincuencia común, es poco deseable.
“Si para alguna ciudadana o ciudadano hay un proceso acusatorio y oral con respeto a la presunción de inocencia, pero para otros hay un proceso desigual, con menos garantías y con nula presunción de inocencia, se crean dos derechos penales. Uno para los ciudadanos y otro para los ‘enemigos del Estado’ ”.
Sostuvo que las acciones preventivas y de persecución a la delincuencia organizada y el narcotráfico en la actualidad deben darse con pleno respeto a los derechos humanos.
Consideró que entre los avances de la Reforma Penal de 2008 están la eliminación de la flagrancia equiparada, la creación de los jueces de control, el derecho a una defensa pública de calidad.
El Artículo 20 Constitucional, dijo, contempla tres mejoras sustantivas: 1) la adopción de un sistema acusatorio y oral, 2) la inclusión del listado de principios generales y 3) la regulación de garantías de debido proceso mucho más explícita y compatible con los instrumentos internacionales en la materia.
Sin embargo, añadió, entre los retrocesos significativos está el arraigo, figura opuesta a las más elementales nociones de debido proceso y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos por ser una medida de carácter arbitrario en razón del escaso control judicial.
“La Reforma preserva automáticamente prisión preventiva para ciertos delitos lo cual contradice la idea de que tendría que decidirse caso por caso y como último recurso”, dijo.
En tanto, el Director Ejecutivo de IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C., Fabián Sánchez Matus, sostuvo que la Reforma penal elaborada en 2008 no resolverá el problema estructural inmediatamente ante la falta de recursos.
Subrayó que se requiere de la construcción de un andamiaje institucional para garantizar una verdadera justicia democrática porque uno de los mayores problemas estructurales es el alto nivel de impunidad: “El 90% de los casos no se resuelven, faltan mecanismos de control, aunado a una normatividad obsoleta”.
Propuso que en el ámbito privado se impulse la figura de abogados pro bono que realicen trabajo a favor de los derechos humanos y de las víctimas del delito, para consolidar una verdadera reparación del daño.