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Celebra CDHDF disposición para aceptar Recomendación 23/2009 por parte de la Delegación Cuauhtémoc

Boletín 287/2009

9 de noviembre de 2009

 

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) celebra la disposición para aceptar la Recomendación 23/2009 por parte de la Jefatura Delegacional en Cuauhtémoc, a favor de los derechos de las poblaciones callejeras.

Este Organismo dirigió dicha Recomendación a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y a las Jefaturas Delegacionales de Cuauhtémoc y Venustiano Carranza, por la violación al derecho a la igualdad y a la No Discriminación, a la libertad y seguridad personales, a la integridad personal y los derechos de la niñez.

Cabe mencionar que tanto la Delegación Venustiano Carranza como la SSP aceptaron la Recomendación 23/2009 en todos sus términos.

Las y los agraviados son parte de las denominadas poblaciones callejeras y son considerados víctimas de discriminación estructural, dada la inexistencia de programas y políticas públicas integrales encaminadas a garantizar de manera eficaz que no tengan que abandonar sus hogares para recurrir a una situación de vida en las calles.

RECOMENDACIÓN :

A las Jefaturas Delegacionales en Venustiano Carranza y en Cuauhtémoc :

PRIMERA. Se capacite a sus mandos medios y superiores sobre los derechos de las poblaciones callejeras, en los que se enfatice la importancia del respeto a su dignidad humana.

SEGUNDA. Se implementen políticas, acciones o convenios con las instituciones de carácter civil, así como con instituciones gubernamentales en los que se establezcan lineamientos encaminados a la protección y dignificación de la población infantil y juvenil callejera, donde se abran espacios en los que éstos puedan hablar de sus necesidades, y con base en ellas se establezcan parámetros para brindar una atención integral a la situación que enfrentan (familiar, socioafectiva, etcétera).

TERCERA. Realizar una revisión y evaluación desde un enfoque de derechos humanos de los actuales planes y programas que se llevan a cabo en el Distrito Federal y que son dirigidos a las poblaciones callejeras, ello con apoyo de Organizaciones de la Sociedad Civil e incorporando a la misma población callejera, se implementen o rediseñen dichos programas de atención y prevención integrales con enfoque de derechos humanos y de género.

En tal sentido, lo establecido tanto en el Diagnóstico como en elPrograma de Derechos Humanos del Distrito Federal, podrían ser guías importantes para la consecución de tal objetivo.

A las tres autoridades relacionadas:

QUINTA. Se impartan cursos de capacitación o profesionalización respecto de obligaciones de las y los servidores públicos en el tema de los derechos humanos, con énfasis del respeto a la integridad personal (obligación de no cometer actos inhumanos, crueles o degradantes), a la libertad y seguridad personales y a los derechos de la niñez.

En tales cursos se deberá enfatizar la importancia del respeto a la dignidad humana no sólo en relación con la población en general, sino incluyendo en ella a la población callejera.

Dichos programas incentivarán la participación de organizaciones de la sociedad civil, en los que se aborden al meno, los siguientes elementos:

poblaciones callejeras desde una mirada sociológica;

legislación internacional, nacional y local respeto a los derechos humanos de las poblaciones que forman parte de la población callejera;

mecanismos de defensa jurídica y programas de políticas públicas, indicadores de monitoreo y evaluación; y participación y organización de las poblaciones callejeras.

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