- Datos generales
- Hechos
- Estatus según punto recomendatorio y autoridad
Caso | Sobre la falta de garantía del Derecho colectivo a la Ciudad, por la ocupación privada del espacio público. |
Derechos humanos violados | Derecho a la ciudad.
Derecho a la movilidad. Derecho al espacio público. Derecho a la seguridad ciudadana. Derecho a la seguridad jurídica y principio de legalidad. |
Emisión | 09 de diciembre de 2020. |
Autoridades recomendadas | 16 Alcaldías de la Ciudad de México. Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México. Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México. Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Congreso de la Ciudad de México. |
Esta Comisión tiene por acreditado que en la Ciudad de México existe una problemática estructural en torno a la ocupación privada del espacio público a causa de la instalación de rejas, plumas, casetas, bardas, muros, portones y otros obstáculos que imposibilita o dificulta el destino natural de la vía y espacios públicos, afectando por lo menos el 23% de la Ciudad en el tránsito de automotores y cerca del 6% en el de peatones.
Lo anterior, deriva fundamentalmente de la documentación realizada por la Tercera Visitaduría General, que realizó diversas actuaciones de investigación que le permitieron establecer un amplio acerbo de información relevante. Destaca que, desde la creación de la Visitaduría en 2006, ha sido recurrente la recepción de quejas que evidencian la existencia de un conflicto social que afecta el pleno ejercicio del derecho a los espacios públicos. Adicionalmente, se consideran los contenidos vertidos en los informes especiales sobre el derecho a la movilidad, crecimiento urbano y las garantías de los derechos humanos de las personas damnificadas por el sismo de 2017.
En este instrumento, la Comisión documenta el incremento paulatino en la Ciudad de México del cierre irregular de calles o espacios públicos por particulares, con anuencia o tolerancia de las autoridades. Esta ocupación privada del espacio público –a través de la colocación o permanencia de rejas, casetas, plumas, jardineras, portones, tubos u otros objetos- sin las debidas autorizaciones y con la ineficacia de diversas autoridades, imposibilita la consolidación de la Ciudad de México como una ciudad incluyente.
16 Alcaldías de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Primero. Articular esfuerzos, de manera individual y conjunta, con el resto de las dependencias a las que se dirige esta Recomendación General, para lograr el diseño de una política pública integral, que atienda la problemática estructural que se plantea en este instrumento. De ser necesario, para lograr esta articulación podrán solicitar la colaboración de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad. | Sujeto a seguimiento |
Segundo. Adoptar las medidas necesarias para implementar y poner en marcha, de manera homologada, una política institucional para la atención integral de la problemática estructural que se plantea en este instrumento, la cual deberá considerar, mínimamente:
a) Estrategias para la solución del conflicto social derivado de las posturas encontradas que se generan por la obstrucción de calles, así como alternativas de conciliación vecinal y ciudadana, entre las que se contemplen mecanismos de diálogo y sensibilización a las personas particulares, sobre el uso del espacio público y el deber de respetar las disposiciones Constitucionales y la normatividad de la ciudad en materia de espacio público. b) Criterios para la autorización de la colocación o permanencia de rejas, casetas, plumas, jardineras, portones, tubos u otros objetos, que tome en cuenta desde una perspectiva de integralidad y equidad, las necesidades de quienes pugnan por colocarlas y aquellos que se consideren afectados por su colocación. c) Mecanismos de diálogo y de información con los grupos de vecinos o colonos, así como mecanismos de información y atención de queja y problemática ciudadana. d) Estrategias de acción territorial y de coordinación con las instancias de seguridad ciudadana, para establecer mecanismos orientados a la reducción del delito. Las acciones de articulación que la Secretaría de Gobierno realizará para el cumplimiento de lo que plantea el presente punto recomendatorio, no sustituyen de modo alguno la responsabilidad de cada órgano político de desarrollar, dentro de sus facultades, acciones efectivas para la atención del problema en sus demarcaciones. |
Sujeto a seguimiento |
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Tercero. Colaborar en el marco de sus atribuciones, en el diseño y ejecución de la política institucional integral recomendada en el punto SEGUNDO del presente instrumento.
Particularmente, la SEDUVI realizará aportaciones desde sus facultades para el establecimiento de políticas sobre el espacio público, mediante la denominada Autoridad del Espacio Público, la SOBSE participará desde sus atribuciones respecto de los servicios urbanos, y la Secretaría de Administración y Finanzas, desde su competencia en materia presupuestal y de gasto público, específicamente el programa presupuestal de espacios públicos. EI medio para la participación de las tres Secretarías, será la atención a las convocatorias de encuentros de trabajo por parte de la Secretaría de Gobierno, en los términos planteados en la recomendación PRIMERA de este instrumento. |
Sujeto a seguimiento |
Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Tercero. Colaborar en el marco de sus atribuciones, en el diseño y ejecución de la política institucional integral recomendada en el punto SEGUNDO del presente instrumento.
Particularmente, la SEDUVI realizará aportaciones desde sus facultades para el establecimiento de políticas sobre el espacio público, mediante la denominada Autoridad del Espacio Público, la SOBSE participará desde sus atribuciones respecto de los servicios urbanos, y la Secretaría de Administración y Finanzas, desde su competencia en materia presupuestal y de gasto público, específicamente el programa presupuestal de espacios públicos. EI medio para la participación de las tres Secretarías, será la atención a las convocatorias de encuentros de trabajo por parte de la Secretaría de Gobierno, en los términos planteados en la recomendación PRIMERA de este instrumento. |
Sujeto a seguimiento |
Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Tercero. Colaborar en el marco de sus atribuciones, en el diseño y ejecución de la política institucional integral recomendada en el punto SEGUNDO del presente instrumento.
Particularmente, la SEDUVI realizará aportaciones desde sus facultades para el establecimiento de políticas sobre el espacio público, mediante la denominada Autoridad del Espacio Público, la SOBSE participará desde sus atribuciones respecto de los servicios urbanos, y la Secretaría de Administración y Finanzas, desde su competencia en materia presupuestal y de gasto público, específicamente el programa presupuestal de espacios públicos. EI medio para la participación de las tres Secretarías, será la atención a las convocatorias de encuentros de trabajo por parte de la Secretaría de Gobierno, en los términos planteados en la recomendación PRIMERA de este instrumento. |
Sujeto a seguimiento |
Congreso de la Ciudad de México
PUNTOS RECOMENDATORIOS | ESTATUS |
Cuarto. En el marco de los trabajos de la Comisión de Uso y Aprovechamiento del Espacio Público de ese Congreso, hacia la construcción de la Ley del Espacio Público de la Ciudad de México, con base en el contenido de la presente Recomendación General, organizar foros que aborden la problemática de la obstrucción irregular de las calles, a los mismos, además de especialistas y/o instituciones, convocará a representantes vecinales y ciudadanos. | Sujeto a seguimiento |