sábado , 19 octubre 2024

Seguimiento a Recomendación 13/2013

  • Datos generales
  • Hechos
  • Tipo de aceptación y estatus según punto recomendatorio y autoridad

Caso Tiradero y sepultamiento clandestino de residuos hospitalarios de manejo especial por parte de trabajadores de limpia adscritos a la Delegación La Magdalena Contreras, así como la ausencia de investigación de las faltas administrativas y los delitos ambientales.
Derechos humanos violados Derecho a un medio ambiente sano.
Derecho al acceso a la justicia ambiental.
Emisión 15/07/2013.
Autoridades recomendadas Delegación La Magdalena Contreras.

Contraloría Interna de la Delegación La Magdalena Contreras.

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

A partir de la queja presentada vía correo electrónico de fecha 14 de julio de 2011 mediante la cual se informó que varios trabajadores de limpia adscritos a la Delegación La Magdalena Contreras habían recibido órdenes de retirar ocho toneladas de residuos sólidos del Hospital Ángeles del Pedregal [en adelante “Hospital Ángeles” o el “Hospital”] que fueron posteriormente enterrados en el suelo del sitio donde se resguardan los camiones de limpieza [en adelante “Campamento de Limpia”], la CDHDF inició el expediente CDHDF/III/122/MC/11/D4320 del cual se desprenden los siguientes hechos:

Alrededor de finales mayo y principios de junio de 2011, trabajadores del departamento de limpia de la Delegación La Magdalena Contreras [en adelante “la Delegación”] fueron obligados por los señores Eduardo Alfonso Vázquez Camacho, Director General de Medio Ambiente y Ecología y Alfredo Hernández Romero, Jefe de la Unidad Departamental de Limpia [ambos funcionarios de dicha Delegación], mediante amenazas, a recoger residuos sólidos del Hospital Ángeles, para posteriormente sepultarlos bajo el estacionamiento techado, llamado comúnmente el tejaban del Campamento de Limpia, ubicado en Calle Ojo de Agua s/n, Colonia Lomas de San Bernabé de la Delegación.

Delegación La Magdalena Contreras

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
1. En un plazo que no exceda de tres meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, expida una circular firmada por su Jefa Delegacional que instruya a todo el personal de la Dirección General de obras y Servicios Urbanos, así como de la Dirección General de Ecología y Medio Ambiente, para que se abstengan de realizar actos que constituyan repetición de los hechos violatorios, so pena de hacerse acreedores a las responsabilidades administrativas y penales correspondientes.

Aceptado

Cumplido

2. En un plazo que no exceda de tres meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, de manera conjunta y coordinada con sus Direcciones Generales realice a la brevedad las acciones necesarias y oportunas que tiendan a garantizar y salvaguardar el derecho humano a un medio ambiente sano como son la elaboración de un censo de tiraderos clandestinos para erradicar su existencia en la demarcación, el rescate ecológico y el mejoramiento barrial.

Aceptado

Cumplido

3. En un plazo que no exceda de seis meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, diseñe y ponga en marcha un programa de capacitación continua y permanente sobre derechos humanos, incluido el derecho a un medio ambiente sano, para todo el personal de todos los niveles incluidos aquellos vinculados al proceso de limpia y recolección de residuos urbanos. El programa deberá garantizar contenidos en materia de ecología y medioambiente, así como evaluación ambiental, y en particular sobre cuidado y protección ambiental que complemente el tema clásico de la separación entre residuos orgánicos e inorgánicos. En dicho programa de capacitación se deberá involucrar a instituciones académicas de reconocido prestigio, así como a las organizaciones de la sociedad civil, ambas especializadas en materia de derechos humanos, el derecho a un medio ambiente sano, ecología y medio ambiente.

Aceptado

Sujeto a seguimiento

4. En un plazo que no exceda de seis meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, establezca uno o varios mecanismos de supervisión y monitoreo permanente de sus instalaciones destinadas al resguardo de maquinaria y camiones para otorgar servicios delegacionales, con miras a que las mismas sean utilizadas exclusivamente para los fines legalmente establecidos.

Aceptado

Sujeto a seguimiento

5. En un plazo que no exceda de seis meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, elabore un programa delegacional que verifique la recolección y disposición de desechos sólidos urbanos, que contenga y sistematice los horarios de los camiones de limpia, sus rutas, consumo de gasolina, cantidades aproximadas de residuos recolectados y depositados en los centros de transferencia con medidas y compromisos para su mejora continua. Dicho programa deberá hacerse del conocimiento público en la página electrónica de la Delegación La Magdalena Contreras.

Aceptado

Sujeto a seguimiento

6. En un plazo que no exceda de seis meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, diseñe y ponga en marcha, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente, la Secretaria de Cultura y la Secretaría de Educación del Distrito Federal, una campaña anual de sensibilización para la población en general sobre el riesgo y el impacto ambiental producto de la inadecuada disposición de los residuos sólidos de manejo especial.

Aceptado

Sujeto a seguimiento

Contraloría Interna de la Delegación Magdalena Contreras

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
7. Determine conforme a derecho y en el corto plazo el acuerdo correspondiente sobre la investigación que realizó e inicie el procedimiento disciplinario administrativo con miras a la sanción de los servidores públicos responsables de haber autorizado, tolerado, ordenado o participado en el depósito y sepultamiento de los residuos hospitalarios de manejo especial.

Aceptado

Cumplido

8. En un plazo que no exceda de tres meses a partir de la aceptación de la presente Recomendación, adopte todas las medidas administrativas a su alcance con miras a lograr que la Contraloría General elaboré y ponga en marcha un programa de capacitación continua y permanente para el personal sobre derechos humanos en general, y en particular sobre debida diligencia y plazo razonable. En dicho programa de capacitación se deberá involucrar a instituciones académicas de reconocido prestigio, así como a las organizaciones de la sociedad civil en la materia.

Parcialmente aceptado

Cumplido

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

PUNTO RECOMENDATORIO TIPO DE ACEPTACIÓN ESTATUS
9. Que la Fiscalía Especializada de Delitos Ambientales y Protección Urbana integre la averiguación previa número FEDAPUR/DA-1/T2/388/11-10 con la debida diligencia, realice un análisis y diagnóstico minucioso del expediente y practique las averiguaciones necesarias a efecto de que conforme a derecho y en un corto plazo emita su determinación sobre la misma, con miras a la sanción de los servidores públicos responsables de haber autorizado, tolerado, ordenado o participado en el depósito y sepultamiento de los residuos hospitalarios de manejo especial.

Aceptado

Cumplido

10. En un plazo que no exceda de seis meses a partir de la aceptación  de la presente Recomendación, elabore y ponga en marcha un programa de capacitación continua y permanente para el personal de todos los niveles a su cargo sobre derechos humanos en general, y en particular sobre debida diligencia y plazo razonable. En dicho programa de capacitación se deberá involucrar a instituciones académicas de reconocido prestigio, así como a las organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.

Parcialmente aceptado

Cumplido