Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 86 Fracción III del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es posible presentar una queja vía internet, sólo tiene que llenar los campos con los datos señalados. Primero, revise las siguientes anotaciones que aclararán la competencia de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

1.- De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, la Comisión no podrá conocer de: Actos y resoluciones de organismos y autoridades electorales; resoluciones de carácter jurisdiccional; conflictos de carácter laboral; consultas formuladas por autoridades, particulares u otras entidades respecto de la interpretación de disposiciones constitucionales y otros ordenamientos jurídicos.

2.- No es necesario contar con un abogado o representante profesional ajeno a esta Comisión para presentar quejas

3.- Los servicios de esta Comisión no tienen costo alguno.

Registro de la Quejas

Al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Doctora Perla Gómez Gallardo

Bajo protesta de decir verdad, solicito la intervención de la CDHDF por considerar que la queja que formulo es de su competencia.

Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema Integral de Atención e Información de Usuarios y Usuarias de los Servicios del Programa de Defensa de la CDHDF, el cual tiene su fundamento en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 12 fracciones V y VI, 36 y 38 fracción I, último párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; artículos 5, 7, 8, 9, 11, 13, 14 y 15 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; artículos 30 fracción VI, 31, 32, 33, 34, 35 fracción VI, 37, 38 y 40 de la Ley de Archivos del Distrito Federal; artículos 5 y 51 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; artículo 10, 27 fracción I y V, 35 Quáter fracción I, II, III, IV, V, VI y VII, 36 fracción IX del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; Manual General de Organización de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, puntos 1, 2, 5, 7 y 8, funciones de la Dirección General De Quejas y Orientación; Catálogo general de cargos y puestos; cargo Director de Admisibilidad, objetivo del puesto; funciones genéricas del puesto punto 1, 2, 3, 5, 7 y 8 y actividades permanentes del puesto; cuya finalidad es llevar a cabo un control en tiempo real de la información necesaria para el ejercicio de las funciones de esta Institución, a través de gestiones tales como: el control de servicios brindados a las peticionarias y los peticionarios, expedientes de queja y recomendaciones, y podrán ser transmitidos a Órganos Jurisdiccionales Federales y Locales, Entes Públicos del D.F. y Federales, InfoDF, CMHALDF, Organismos Públicos de Derechos Humanos Nacionales e Internacionales, Organizaciones de la Sociedad Civil, TELECOMM-Telégrafos, SEPOMEX en cumplimiento de sus funciones y atribuciones, además de otras transmisiones previstas en la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.

De conformidad con los artículos 24 fracción II, 32, 34 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal no existen datos obligatorios a efecto de dar inicio a un trámite, sin embargo, la negativa a proporcionar datos o la falta de requisitos contemplados en el artículo 30 de la Ley en cita puede afectar el tipo así como el curso de la investigación. Asimismo, se le informa que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo en las excepciones previstas en la Ley. El Responsable del Sistema de datos personales es la Lic. Elvia Trejo Calderón, y la dirección donde podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es en la Oficina de Información Pública de la CDHDF sita en avenida Universidad número 1449, colonia Florida, Pueblo Axotla, código postal 01030, Delegación Álvaro Obregón, México, Distrito Federal. La o él Titular de los datos podrá dirigirse al Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, donde recibirá asesoría sobre los derechos que tutela la Ley de Protección Datos Personales para el Distrito Federal al teléfono 56 36 46 36; correo electrónico datos.personales@infodf.org.mx o www.infodf.org.mx.

De conformidad con el artículo 3 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, este Organismo será competente para conocer de quejas y denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando éstas fueren atribuidas a cualquier autoridad o servidor público que desempeñe un empleo, cargo o comisión local en el Distrito Federal, o en los órganos de procuración o de impartición de justicia cuya competencia se circunscriba al Distrito Federal.

 

 

Nombre Completo:  

 

Nombre Completo de la(s) persona(s) cuyos derechos humanos fueron presuntamente violados:

 

Dirección:  

Colonia:

 

Delegación: 

Código Postal:        

 

Teléfono:                    

 
 

Correo Electrónico:

*Describa brevemente los hechos:

Autoridad que se señala como presunta responsable:

Es importante prevenir que, en términos del artículo 88 del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, es necesario que dentro de los cinco días hábiles siguientes, contados a partir de la presentación de la queja por esta vía electrónica, acuda a las oficinas Centrales de este Organismo para ratificarla. De no comparecer, el asunto se tendrá como concluido por falta de interés, y el expediente se enviará al archivo. A excepción de las personas privadas de la libertad.

 


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Si tiene dudas, puede ponerse en contacto con nosotros
Vía correo electrónico: quejas@cdhcm.org.mx
Vía telefónica: 5229 5600 o diríjase a:
Avenida Universidad, número 1449, colonia Florida, Pueblo de Axotla, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, en México, Distrito Federal.