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Ante la emergencia sanitaria por COVID-19, es prioritario garantizar los derechos de las personas detenidas por su condición migratoria

Pronunciamiento de FMOPDH/2020
6 de abril de 2020

Ante los disturbios que han ocurrido en algunas Estaciones Migratorias que existen en el país, diversos actores de la sociedad civil, así como organismos internacionales han señalado en numerosas ocasiones que la privación de la libertad de las personas migrantes debido a su situación migratoria debería ser la excepción y no la regla, especialmente para grupos en situación de vulnerabilidad como lo son mujeres, familias, niños, niñas, adolescentes, solicitantes de asilo, personas mayores, entre otros. Y, han recomendado al Estado mexicano la implementación de alternativas a la detención, así como garantizar el acceso a la justicia y el debido proceso, junto con las condiciones de higiene, salud, alimentación y esparcimiento para la población.

Desde hace unas semanas, se ha venido señalando los riesgos de mantener a las personas en detención migratoria, particularmente ahora, ante el contexto de emergencia sanitaria que vive el país por la pandemia COVID-19.

El día martes 31 de marzo por la noche, se tuvo conocimiento de un incendio en el interior de la Estación Migratoria de la ciudad de Tenosique, Tabasco, que tuvo como consecuencia la pérdida de una vida, así como varias personas heridas y poniendo en riesgo la seguridad y la vida del resto de la población que se encuentran en detención.

En este sentido, 28 organismos públicos de derechos humanos miembros de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) hacen un atento llamado para explorar y tomar medidas encaminadas a:

1. Reforzar las medidas de atención y prevención de las personas que se encuentran en detención migratoria, considerando especialmente a los grupos en mayor riesgo y de acuerdo con las medidas que la Secretaría de Salud ha establecido para la población en general.
2. Fortalecer la comunicación con las Organizaciones de la Sociedad Civil que brindan atención a esta población, y con la ciudadanía en general, compartiendo las medidas que se dispongan y explorando posibilidades de articulación.
3. Promover alternativas a la detención para la población, priorizando a grupos en especial contexto de vulnerabilidad. Especialmente los casos de niñas, niños y adolescentes, quienes de acuerdo con el Reglamento de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes no deben estar en detención.
4. Revisar la posibilidad de retomar experiencias implementadas por otros países, por ejemplo Portugal, quien ha acelerado los procesos de resolución de casos, priorizando la no detención e incluso regularizando a la población migrante.
5. Fortalecer el trabajo interinstitucional con otras dependencias que permitan implementar las medidas de atención y prevención que se tomen.

En este sentido, la Federación sugiere considerar las recomendaciones emitidas por el Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura sobre posibles acciones para proteger a las personas privadas de la libertad durante la pandemia COVID-19, en las que se destaca considerar la reducción de la detención de personas migrantes; evitar la detención de niñas, niños y adolescentes y con ello proteger la integridad física y mental de las personas en contextos de movilidad humana.

Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos: Comisión Estatal de Derechos Humanos de Aguascalientes; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chiapas; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua; Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Durango; Comisión de Derechos Humanos del Estado de México; Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán; Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León; Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla; Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro; Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo; Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora; Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas; Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán; Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas.

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